IA en los Departamentos de RRHH: Marco legal, impacto y proyección

Desde estas líneas quiero compartir con ustedes, una serie de reflexiones profesionales que surgen con base legal tras la aprobación por parte de la UE de la ley que regula el uso de la IA en Europa. Para la elaboración de este artículo, he querido usar y referenciar el manejo de IA en la elaboración, para que sirva como ejemplo de uso y mejora de la calidad de la información y por otro lado como ejemplo ético que se debe aplicar y viene también regulado en el uso de la misma a nivel legal. En este último caso, la ley hace hincapié en que el usuario o beneficiario final, no debe ser engañado y debe en todo caso tener el conocimiento sobre si lo que lee, le afecta o le llega en parte o en su totalidad, proviene del uso de IA.

Estudiar un Master en Recursos Humanos y People Analytics ayuda a adquirir este tipo de conocimiento y habilidades necesarias para poder actuar de forma anticipativa y planificar los aspectos más importantes relacionados con el uso de la IA en los RRHH y que veremos más adelante.

A nivel internacional, existen diferentes normas reguladores, directrices, reglamentos y recomendaciones institucionales:

Unión Europea (UE)

  1. Reglamento General de Protección de Datos (GDPR)
  • Descripción: Regula el tratamiento de datos personales y la privacidad.
  • Relevancia para la IA: Cualquier sistema de IA que maneje datos personales debe cumplir con las normas de protección de datos y privacidad del GDPR.
  1. Propuesta de Reglamento de la Unión Europea sobre la Inteligencia Artificial (Ley de IA)
  • Descripción: Propone una regulación específica para IA, clasificada por niveles de riesgo.
  • Relevancia para la IA: Define categorías de riesgo y establece requisitos específicos para IA de alto riesgo, prohibiciones y obligaciones de transparencia.

Estados Unidos

  1. Principios de IA del Departamento de Defensa
  • Descripción: Principios para el uso ético de IA en aplicaciones militares.
  • Relevancia para la IA: Fomenta la responsabilidad, equidad, rastreabilidad, fiabilidad y gobernanza.
  1. Marco de Gobernanza de IA de la NIST
  • Descripción: Directrices del Instituto Nacional de Estándares y Tecnología para el desarrollo y uso de IA.
  • Relevancia para la IA: Promueve la transparencia, equidad, seguridad y responsabilidad en los sistemas de IA.

China

  1. Directrices para la Gobernanza Ética de la IA
  • Descripción: Principios para la gobernanza ética de IA publicados por el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
  • Relevancia para la IA: Incluye directrices sobre la equidad, transparencia, responsabilidad y respeto por los derechos humanos en el desarrollo de IA.
  1. Normativa sobre Ciberseguridad
  • Descripción: Regula el uso y manejo de datos personales y ciberseguridad.
  • Relevancia para la IA: Sistemas de IA deben cumplir con requisitos estrictos de ciberseguridad y manejo de datos.

Internacional

  1. Directrices de la OCDE sobre IA
  • Descripción: Conjunto de principios para el uso responsable de la IA adoptados por los países miembros de la OCDE.
  • Relevancia para la IA: Enfatiza la transparencia, equidad, responsabilidad y protección de los derechos humanos.
  1. Recomendación de la UNESCO sobre la Ética de la IA
  • Descripción: Primer marco normativo global sobre la ética de la IA aprobado por la UNESCO.
  • Relevancia para la IA: Proporciona directrices sobre la ética, derechos humanos y desarrollo sostenible en el uso de IA.

Reino Unido

  1. Guía de la Oficina del Comisionado de Información (ICO) sobre IA
  • Descripción: Directrices para el uso de IA y protección de datos personales.
  • Relevancia para la IA: Establece principios de equidad, transparencia y responsabilidad en el manejo de datos personales.
  1. Marco Ético para la IA del Centro para la Ética y la Innovación de Datos (CDEI)

Descripción: Directrices éticas para el uso de IA en el sector público y privado.

Relevancia para la IA: Promueve la transparencia, equidad y responsabilidad en los sistemas de IA.

Canadá

  1. Directrices del Consejo Canadiense de Innovación sobre IA
  • Descripción: Principios y directrices para el uso responsable de IA en Canadá.
  • Relevancia para la IA: Enfatiza la equidad, transparencia, privacidad y seguridad en el uso de IA.
  1. Directrices de la Oficina del Comisionado de Privacidad sobre IA
  • Descripción: Directrices para proteger la privacidad en el uso de IA.
  • Relevancia para la IA: Fomenta la protección de datos y la transparencia en el manejo de información personal.

Fuente: (Listado creado en base a un modelo de IA Generativa-Información contrastada)

Nos centraremos en este caso en las que dependen de la que tiene un marco regulador más estricto y con carácter legal como es el caso del Reglamento de la Unión Europea sobre Inteligencia Artificial, Ley de IA.

Esta ley contempla diferentes niveles de uso de la IA y clasifica su implantación, implementación o uso en base a diferentes niveles de seguridad, categorizando el uso de la IA en base a los datos de referencia de uso, el tipo de actividad e interacción con el usuario y el impacto sobre los resultados o decisiones que emanen de dichas interacciones.

En este caso y por la parte que nos compete desde el estudio de la IA en el campo de los RRHH y el Análisis de datos dentro de las empresas, teniendo el factor humano como eje principal, quisiera aportar algo de luz y claridad en el uso de estas herramientas para con estos fines determinados.

En primer lugar, llama la atención que la ley establece en su artículo 6 las diferentes actividades de alto riesgo en el uso de IA y que por otro lado desarrolla en su Anexo III en el cual incluye de manera explícita el uso de inteligencia artificial para “la gestión del empleo, gestión de los trabajadores y acceso al trabajo autónomo”.

En este sentido considera la ley que todos los sistemas de IA destinados a la utilización para la contratación, selección de personas físicas, publicación de anuncios de empleo o análisis y filtración de solicitudes de empleo además de la correspondiente evaluación de los mismos, se consideran actividades de alto riesgo en el uso de herramientas de este tipo.

El motivo por el cual esto es así es porque en el uso de estas herramientas se procede al manejo de diferentes procesos que implican una serie de variables, ítems o drivers que pueden generar la violación de algunos derechos fundamentales de la persona.

Algunos de los derechos que se pueden ver involucrados en estos procesos son el derecho a la intimidad, el derecho a la privacidad, derecho a la igualdad o derecho a una remuneración o trato justo y equitativo.

La ley además en su consideranto 57 establece claramente esos derechos de justicia y sobre todo igualdad en los procesos de transformación laboral y carrera profesional de la siguiente manera : “Sistemas de IA utilizados en el empleo, la gestión de los trabajadores y el acceso al trabajo por cuenta propia, en particular para la contratación y selección de personas, para la toma de decisiones que afecten a las condiciones de la relación laboral, la promoción y la terminación de las relaciones contractuales relacionadas con el trabajo, para la asignación de tareas sobre la base del comportamiento individual, los rasgos o características personales y para el seguimiento o la evaluación de las personas en relaciones contractuales relacionadas con el trabajo, también deben clasificarse como de alto riesgo, ya que estos sistemas pueden tener un impacto apreciable en las perspectivas profesionales futuras, los medios de subsistencia de esas personas y los derechos de los trabajadores”.

Las relaciones contractuales pertinentes relacionadas con el trabajo deben implicar, de manera significativa, a los empleados y a las personas que prestan servicios a través de las plataformas a que se refiere el programa de trabajo de la Comisión para 2021. A lo largo del proceso de contratación y en la evaluación, promoción o retención de personas en relaciones contractuales relacionadas con el trabajo, estos sistemas pueden perpetuar patrones históricos de discriminación, por ejemplo, contra las mujeres, ciertos grupos de edad, personas con discapacidades o personas de ciertos orígenes raciales o étnicos u orientación sexual. Los sistemas de IA utilizados para supervisar el rendimiento y el comportamiento de dichas personas también pueden socavar sus derechos fundamentales a la protección de datos y a la privacidad.

Fuente: Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de IA) y se modifican determinados actos legislativos de la Unión, COM (2021) 206 final (2021)

Hemos de tener en cuenta que, en la era actual, hay muchos intangibles del comportamiento humano que pueden ser medidos y evaluados en base a test psicométricos, resultados tangibles, consecución de logros y objetivos o incluso a través de la formación y adquisición de experiencia profesional. Todo esto nos permite por un lado mejorar las condiciones de trabajo creando puestos de trabajo más acordes a las cualidades y competencias profesionales de los trabajadores y por otro lado nos permiten tener un mayor y mejor aprovechamiento del talento de la organización generando una mayor riqueza interna y por ende unos mejores resultados e incremento de valor en el mercado.

En la siguiente tabla podemos observar algunos de los ejemplos de uso de la IA en los departamentos de RRHH y cómo esta puede impactar a nivel interno,

Cuadro PngFuente: Elaboración Propia.

Por lo tanto, viendo el impacto de estas herramientas, sus ventajas, sus riesgos y los espacios y sectores en los cuales se deben desarrollar, ya queda en mano de los desarrolladores y los propios usuarios el crear y un balance adecuado en el uso e implementación y por otro lado la asunción de los riesgos que ello conlleva.

No hay lugar a dudas, que las herramientas de IA pueden generar decisiones propias en base a modelos de decisión prefijados, nos pueden ayudar a crear filtros o a depurar datos e incluso a elaborar un proceso de decisión inicial sobre el cual descargar los procesos decisorios posteriores, si bien en el último caso siempre habrá una decisión que tomar a nivel humano y que, tras conocer toda esta información, lo que está claro es que debe respetar los derechos fundamentales de toda persona.

Según la OIT, Organización Internacional del Trabajo, los derechos fundamentales de todo trabajador son:

Derecho a la No Discriminación

Descripción: Todos los trabajadores tienen derecho a ser tratados con igualdad y sin discriminación en el empleo por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, origen nacional o social, entre otros.

Referencias: Convenios de la OIT n.º 100 y 111.

Derecho a la Libertad de Asociación y Sindicación

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a formar y unirse a sindicatos para la protección de sus intereses laborales y a negociar colectivamente.
  • Referencias: Convenios de la OIT n.º 87 y 98.

Derecho a Condiciones de Trabajo Justas y Favorables

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que sean seguras, saludables y justas, incluyendo una remuneración equitativa y suficiente para asegurar una vida digna.
  • Referencias: Convenio de la OIT n.º 131.

Derecho a la Protección contra el Trabajo Forzoso

  • Descripción: Todos los trabajadores tienen derecho a no ser sometidos a ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio.
  • Referencias: Convenios de la OIT n.º 29 y 105.

Derecho a la Protección contra el Trabajo Infantil

  • Descripción: Los niños tienen derecho a estar protegidos contra la explotación económica y el trabajo que pueda interferir con su educación o ser perjudicial para su salud y desarrollo.
  • Referencias: Convenios de la OIT n.º 138 y 182.

Derecho a la Igualdad de Remuneración

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a recibir igual remuneración por trabajo de igual valor, sin discriminación de ningún tipo.
  • Referencias: Convenio de la OIT n.º 100.

Derecho a la Seguridad Social

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a la seguridad social, que les proteja contra las contingencias que afecten su capacidad de ganar ingresos, como enfermedad, maternidad, accidentes laborales, desempleo, vejez y discapacidad.
  • Referencias: Convenios de la OIT n.º 102 y 121.

Derecho al Descanso y al Tiempo Libre

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a descansos razonables, incluyendo días de descanso semanal y vacaciones pagadas.
  • Referencias: Convenio de la OIT n.º 14.

Derecho a un Ambiente de Trabajo Seguro y Saludable

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a un entorno laboral seguro y saludable, con medidas adecuadas de prevención de riesgos y protección de su salud.
  • Referencias: Convenio de la OIT n.º 155.

Derecho a la Protección contra el Despido Injustificado

  • Descripción: Los trabajadores tienen derecho a no ser despedidos sin una causa justa y a tener acceso a mecanismos de protección y recurso en caso de despido injustificado.
  • Referencias: Convenio de la OIT n.º 158.

Fuente: (Listado elaborado con IA Generativa-Información contrastada)

Por lo tanto, estamos en un momento crucial que requiere una serie de acciones por parte de los profesionales de RRHH en las organizaciones:

  • Conocimiento de las herramientas y modelos de IA aplicables a su sector.
  • Conocimiento de la ley y normativas aplicables en el uso de la IA para con los recursos y el capital humano de la organización.
  • Manejo e Interpretación de información y Datos.
  • Capacidad de elaboración de Hipótesis.
  • Manejo de Prospectiva y Prospectiva estratégica enfocada a los RRHH.
  • Visión de Futuro e implementación de Políticas de RRHH basadas en modelos predictivos y datos.
  • Formación, capacitación y actualización continua en el manejo de datos, gestión de la información y gestión de personas.
  • Comprensión y potenciación de las Soft SKills, asociadas a modelos de uso de IA y nuevos modelos de Liderazgo y Toma de decisiones.

Daniel Benjumea Aparicio

Director del Máster de RRHH y People Analytics

Docente en Habilidades de la Dirección General.

ESDEN Business School

Referencias:

ENIA: Estrategia Nacional de Inteligencia Atificial España. URL: ENIA (mineco.gob.es)

Foro Davos. World Economic Forum.(Jun2022) El futuro del trabajo según los expertos en Davos 2022. URL: Este es el futuro del trabajo, según expertos en Davos 2022 | Foro Económico Mundial (weforum.org)

Nada R. Sanders, Jhon D. Wood.(Nov 2023) The Skills your Employees Need to Work Effectively with AI. Hardvard Business Review

Hernández Gonzalez, Carmen. (Jul 2019) Inteligencia Artificial y mercado de trabajo :Trabajo Fin de Grado en Derecho, Departamento de Derecho del Trabajo y Trabajo Social, Universidad de Salamanca. McKinsey&Company. La IA Generativa y el futuro de los RRHH. URL: La IA generativa y el futuro de los RRHH | McKinsey

OIT: Organización Internacional del trabajo. Derechos Internacionales del trabajo. URL: OIT 100 | Derechos y normas del trabajo (ilo.org)

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de IA) y se modifican determinados actos legislativos de la Unión, COM (2021) 206 final (2021)